La regulación
sobre Protección de Datos será
de aplicación a los datos de carácter
personal registrados en soporte físico
que los haga susceptibles de tratamiento y
a toda modalidad de uso posterior de estos
datos por los sectores público y privado.
Por
tanto, se deberán establecer las
medidas de índole técnica
y organizativas necesarias para garantizar
la seguridad que deben reunir los ficheros
automatizados, los centros de tratamiento,
locales, equipos, sistemas, programas y
las personas que intervengan en el tratamiento
automatizado de los datos de carácter
personal sujetos al régimen de la
LOPDP. |
PROTOCOLOS
DE ACTUACIÓN DE CONPRODAT
PARA LA ADAPTACIÓN DE LOS
FICHEROS AUTOMATIZADOS A LA LEGISLACIÓN
DE PROTECCIÓN DE DATOS DE
CARÁCTER PERSONAL:
- Protocolo
Específico para la adaptación
de Ficheros con datos suministrados
On-line (Sitios web).
- Protocolos Específicos de aplicación
a los Ficheros Automatizados de los
que sean titulares:
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Centros de Enseñanza.
- Empresas Conserveras
- Oficinas de Farmacia.
- Colegios Profesionales
- Clínicas Médicas.
- Asociaciones Empresariales
- Administradores de Fincas |
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Despachos de Abogados
- Hoteles
- Consultas Odontológicas
- Fundaciones
- Academias
- Consultar Otros
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